Prensa
Reconocimiento Público
La Consultora Pericial en la Prensa Chilena
En un ámbito tan técnico y delicado como la criminalística, es fundamental contar con instituciones que no solo brinden servicios de calidad, sino que también cuenten con el reconocimiento de los medios de comunicación.
En este contexto, nuestra consultora pericial ha logrado destacar en la prensa chilena como una de las principales referencias en materia de análisis técnico y peritajes judiciales.
A lo largo de los años, nuestro compromiso con la excelencia, la transparencia y el rigor científico nos ha llevado a ser mencionados en diversas publicaciones, tanto en medios especializados como en portales de noticias de alcance nacional.
Estas apariciones reflejan no solo la relevancia de nuestro trabajo, sino también la confianza que diferentes sectores depositan en nuestros servicios.

Romy Espinoza, perito abuso sexual: “Cada vez que el niño, niña o adolescente cuenta lo que denunció, revive una situación traumática”
Hoy la especialista en psicología forense trabaja de forma independiente pero casi todos sus pacientes son derivados por el Ministerio Público, la Fiscalía o diferentes tribunales del país.
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Pericia Caligráfica en contexto de firmas falsificadas en cheques
(…)TERCERO: Que asimismo obra a fs. 230 y siguientes Informe pericial caligráfico del PERITO EDUARDO SILVA MUÑOZ el que en sus conclusiones expone que las firmas puestas en los documentos dubitados no proceden de la mano de Roko Music Paolini y por consiguiente las ejecuciones consignadas en dichos instrumentos fueron falsificadas por imitación, el que apreciado de acuerdo con las reglas de la sana critica permitirá tener por cierto la falsedad de las firmas puestas en los documentos periciados (…)
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Metaperitaje Ley 18.216 en contexto de Penas Sustitutivas en delito de estafa piramidal
“Que, analizados los informes periciales comentados se aprecia que en ninguno de ellos hay siquiera una referencia, y no podría haberlo por estar fuera del conocimiento de las profesionales informantes, ningún comentario acerca de si los condenados tienen conciencia de los delitos por los cuales fueron condenados; si les preocupa el daño causado con estos delitos o si tienen algún grado de arrepentimiento”
“Nada se dice de la característica pluriofensiva de los delitos por los cuales Cruz y Dubó fueron condenados y nada se dice, al parecer ni siquiera se les preguntó, qué opinaban de haber generado miles de víctimas y si tenían alguna conciencia del mal causado”
“Es decir, dichos informes tendrían igual utilidad ante cualquier delito, esto es, desde una simple falta hasta un crimen de lesa humanidad y tienen también la misma utilidad para cualquier condenado, esto es, de quién no le importa haber delinquido hasta el que se encuentra profundamente arrepentido. Nada se dice de la característica pluriofensiva de los delitos por los cuales Cruz y Dubó fueron condenados y nada se dice, al parecer ni siquiera se les preguntó, que opinaban de haber generado miles de víctimas y si tenían alguna conciencia del mal causado”
DUODECIMO: Que, por lo expuesto, sin que existan los antecedentes exigidos por la norma señalada, aplicarles una pena sustitutiva aparece cómo, sino un premio, como un “dejar hacer” irritante para las miles de víctimas afectadas por los delitos cometidos por Cruz y Dubo y para la justicia como valor primordial de un Estado de Derecho.. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas, en particular artículos 15 y 15 bis de la ley N°18.216, Se revoca la sentencia apelada (…)
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Pericia Criminalística en contexto de funcionarios públicos acusados por el delito de torturas en Collipulli, Región de la Araucanía
Perito criminalístico: “Hubo una injerencia muy marcada por parte de personas vinculadas al INDH”
Los involucrados no sólo cuestionan el rol que tuvo la Fiscalía, sino también la labor querellante del INDH.
RAUL MUÑOZ, perito criminalístico contratado por la defensa de Vallejos, señala que desde el principio le llamó la atención que había diligencias que eran muy necesarias y que no se hicieron. “Eso llevaba evidentemente a observar que había un cierto sesgo por parte del fiscal en la conducción de la investigación”, cuenta. Y no solo eso, opina que “hubo una injerencia muy marcada por parte de personas vinculadas al Instituto de Derechos Humanos. Por lo tanto, desde un primer momento, cuando uno analizaba el caso, de la forma en que se planteaba inicialmente a cómo posteriormente se fue desarrollando y cómo se fueron incorporando antecedentes en las distintas declaraciones de las víctimas, se podía observar que había claramente una inducción. Había un relato que estaba marcado, que estaba inducido, que obviamente se orientaba en el fondo a inculpar o imputar el delito a estos militares”.
El perito añade que hay otro caso en Peñalolén donde unos militares también fueron absueltos. Se trata de seis miembros del Ejército que fueron formalizados por una supuesta golpiza contra una persona sorprendida violando el toque de queda en Peñalolén, en octubre de 2019. “No sé si serán ‘casos aislados’, porque creo que la dinámica de las investigaciones se orientan siempre a buscar solo evidencias que inculpan a los imputados y desestiman aquellas que los exculpan. Desde esa perspectiva se produce lo que se conoce como ‘sesgo de confirmación’, es decir, se busca asegurar la comprobación de la hipótesis que se ha planteado como cierta, lo que obviamente se aleja del principio de objetividad de la criminalística”, señala.
En opinión del perito RAÚL MUÑOZ, sobre el caso Collipulli, “los hechos nunca ocurrieron. Yo, analizando cada una de las declaraciones de las víctimas, creo que ellos mintieron en su declaración. Y mintieron abiertamente para imputar un delito a los militares porque detrás de eso había una intención. Y la intención era quedar como víctima de violación de derechos humanos y obviamente pedir al Estado una indemnización”
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Pericia Criminalística en contexto de funcionarios públicos son absueltos del delito de apremios ilegítimos en el 7° TOP de Santiago
“Que como corolario de todo lo señalado, y ante la insuficiencia de la prueba de cargo cobró plausibilidad la teoría de la defensa que por lo demás coincidió con las conclusiones arribadas por el perito criminalístico RAÚL EDUARDO MUÑOZ CALIZTO, quien dando sobrada explicación de su expertiz, por los años en que se desempeñó en
institución policial (PDI) dedicada a funciones de orden público, finalmente concluyó que se dieron cumplimiento a las reglas de uso de la fuerza no solo en cuanto a la gradualidad, precisamente porque hubo instancias previas al disparo, sino en cuanto a la habilitación para el uso de armamento no letal respecto de lo que él consideró como un intento hostil.”
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